Las actuaciones de las Administraciones públicas competentes en materia sanitaria referentes a la salud laboral se soportarán a cabo a través de las acciones y en relación con los aspectos señalados en el capítulo IV del Título I de la índole 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, y https://nowbookmarks.com/story19920586/la-%C3%BAltima-gu%C3%ADa-a-protocolos-de-bioseguridad